CETAL
Estatutos
NOMBRE Y DEFINICION
El Centro de Estudios y Trabajo "América Latina" (CETAL), es una organización para la autoeducación popular, con sede en Uppsala, Suecia, independiente de organizaciones políticas y religiosas, autónoma del Estado, que asocia a personas de diversos países, intereses, posiciones políticas o conocimientos, dispuestos a autoeducarse a través del apoyo recíproco para y en el desenvolvimiento de tareas formativas, informativas, culturales y de solidaridad con las causas emprendidas por los sectores y organizaciones populares.
OBJETIVOS
Organizar actividades atendiendo a las propuestas de los miembros del Centro, de organizaciones populares y otros interesados, teniendo como referencia las necesidades e intereses de la comunidad.
Formar miembros como educadores, comunicadores y promotores culturales que puedan asumir la organización de las actividades que se promuevan y apoyarlos en nuevos proyectos o grupos de trabajo que éstos pretendieran desarrollar, aquí o en el extranjero, en tanto guarden relación con los principios, propósitos y objetivos del Centro.
Promover el intercambio informativo y de personas asociadas a la educación, comunicación y cultura popular entre Suecia y América Latina, como así también apoyar proyectos seleccionados de estas áreas en que se realicen en sus países.
Informar al pueblo sueco y a los latinoamericanos residentes sobre la historia y las condiciones de vida de los pueblos latinoamericanos y a los latinoamericanos residentes, sobre la historia y condiciones de vida en Suecia.
Informar y estimular la reflexión crítica de los latinoamericanos sobre los problemas principales que los afectan en su condición de residentes en Suecia y promover su participación activa y organizada para atenderlos.
Promover la coordinación circunstancial o permanente de los latinoamericanos, local y nacionalmente, para atender los problemas que como residentes tienen en Suecia.
DE LOS RECURSOS
- El financiamiento del CETAL se logrará a través de las cotizaciones de los miembros, organizaciones de cursos, donaciones de personas, instituciones, convenios especiales que se alcancen, venta de publicaciones u otros medios que se establezcan, en tanto se enmarquen en los objetivos del Centro y no comprometan su autonomía.
DE LOS MIEMBROS
- Son miembros del Centro quienes voluntariamente solicitan su ingreso y son aceptados por el Consejo Directivo. Son sus obligaciones aceptar los estatutos y resoluciones de los órganos de dirección y mantener al día los aportes que se establezcan. Esto da derecho, teniendo 18 años, a tener voz y voto en las Asambleas, presentar mociones en los términos previstos en el estatuto, elegir y ser elegido -con seis meses de antigüedad- para los cargos previstos y ser beneficiario de los servicios que el Centro pueda ofrecer. La condición de miembro se pierde por fallecimiento, renuncia o falta de pago por dos años consecutivos.
DE LOS ORGANOS DEL CENTRO
- Los órganos por los cuales el Centro cumple sus funciones son:
1. Asamblea General
2. Consejo Directivo
3. Grupos de Trabajo
4. Coordinación Central
5. Consejo Electoral
6. Auditoría
DE LA ASAMBLEA GENERAL
- Es la autoridad máxima del Centro y la integran sus miembros con la cuota al día.
- Se reunirá, en forma ordinaria, en el mes de septiembre de cada año y, en forma extraordinaria, cuando lo solicite el 15 por ciento de los miembros registrados al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al pedido, o cuando el Consejo Directivo lo determine por propia iniciativa. En las Asambleas extraordinarias, sólo serán considerados los asuntos por los que éstas se convoquen.
- El quorom requerido para dar por constituida válidamente la Asamblea será la mitad más uno de los miembros, en primera citación y con los que estuvieran presentes, en segunda citación.
- Los acuerdos se tomarán por simple mayoría de los votos presentes, salvo que se trate de la modificación del estatuto, de la revocación de acuerdos previamente aprobados en la misma Asamblea o de la disolución del Centro, casos en los cuales se requerirá de la concurrencia de las dos terceras partes de los votos presentes. La disolución del Centro que se acuerde en una Asamblea, requerirá ratificación, por igual mayoría, en una próxima Asamblea que se citará al efecto.
- Son facultades de la Asamblea:
1. Aprobar o modificar el orden del día presentado.
2. Aprobar la lista de miembros presentada por el Consejo Directivo.
3. Designar Presidente, Secretario de Acta de la Asamblea y dos revisores de la misma.
4. Aprobar o rechazar los informes presentados.
5. Eximir de responsabilidad al Consejo Directivo saliente.
6. Considerar el Plan de Trabajo y el Presupuesto Anual presentado por el Consejo Directivo.
7. Tratar las mociones presentadas.
8. Fijar las cuotas periódicas de los miembros.
9. Designar los miembros del Consejo cuyo mandato haya terminado, tres suplentes y dos auditores.
10. Designar el Consejo Electiral.
11. Designar las comisiones ad-hoc que estime necesarias.
Los cargos electivos se designarán en forma separada. Será electo quien obtenga la mayoría absoluta de los votos. Cuando no se obtenga en una primera votación, se procederá a una segunda votación, reducidas a quienes hubieran obtenido las dos mayorías relativas. Si se produjera empate, se procederá a sorteo.
7. DEL CONSEJO DIRECTIVO
El Consejo Directivo, responsable de la dirección entre asambleas, es un grupo de trabajo compuesto por el Secretario General, de Finanzas, de Formación, de Información y de América Latina, cuyos mandatos se extenderán por dos períodos.
Se reunirá una vez al mes y en forma extraordinaria, cuando lo solicite la mayoría de sus integrantes.
Los acuerdos serán válidos siempre que se encuentren presentes la mayoría de sus miembros. Sus resoluciones serán tomadas por simple mayoría. En caso de empate, decidirá quién presida la reunión.
Son funciones del Consejo Directivo:
1. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de la Asamblea.
2. Ejercer la representación del Centro ante autoridades y organizaciones.
3. Tomar contactos y establecer acuerdos permanentes con otras organizaciones para alcanzar los objetivos que se propone el Centro.
4. Informar a la Asamblea sobre la marcha del Centro, su estado financiero y la marcha de los proyectos.
5. Proponer a la Asamblea el Plan de Trabajo y el Presupuesto Anual.
6. Reglamentar la organización y funcionamiento de los diversos medios de comunicación del Centro.
7. Reglamentar sobre la presentación de proyectos que requieren de su aprobación para adquirir vigencia orgánica.
8. Contratar personal y reglamentar sus funciones, pudiendo también revocar sus contratos.
9. Reglamentar su propio funcionamiento, el del Consejo Ejecutivo y las Secretarías.
10. Citar a la Coordinación Central en los meses de junio y diciembre y cuando circunstancias especiales lo aconsejen.
11. Citar a Asamblea General. Para ello, en la primera quincena de agosto se enviará a los miembros el relato de actividades, el balance e informe del auditor. En la primera semana de septiembre y con un plazo no menor de dos semanas, se citará a Asamblea adjutando la siguiente documentación: Orden del día, plan de trabajo y presupuesto anual, propuesta del Consejo Electoral y mociones de los miembros.
12. Citar a Asamblea Extraordinaria, con una anticipación mínima de 15 días. En caso de que ésta se celebre por haberlo solicitado el 15 por ciento de los miembros, la fecha de su celebración no deberá exceder los 30 días desde el momento que la solicitud ingrese al Centro.
DEL CONSEJO EJECUTIVO
- Está constituido por el Secretario General y el de Finanzas y depende del Consejo Directivo, a quien debe rendir cuenta de su gestión. Se reune semanalmente y atiende los asuntos que por su naturaleza no pueden esperar la reunión ordinaria del Consejo y mandatos concretos de éste, al que puede citar en forma extraordinaria si lo estima necesario.
DE LAS SECRETARIAS
- Están a cargo de los responsables de cada una de ellas electos en Asamblea. Representan en el Consejo Directivo los proyectos y asuntos de su área. Formarán una comisión de asesoramiento con los responsables de proyectos de su sector.
- Secretaría General
: Tiene a su cargo la representación del Consejo ante terceros, la relación con los miembros y con el personal, la coordinación del Consejo Directivo y la redacción del informe anual.
- Secretaría de Finanzas
: Tiene a su cargo la administración del Centro, la elaboración y control del presupuesto y el manejo de los ingresos y egresos.
- Secretaría de Formación
: Es la encargada de coordinar y promover los proyectos y otras actividades de estudio o investigación que se asuman.
- Secretaría de Información
: Es la encargada de coordinar y promover los proyectos de su área. Su responsable tiene además como función participar como delegado del Consejo Directivo en los Consejos de redacción de los medios de comunicación del Centro.
- Secretaría de América Latina
: Atiende los Grupos de Trabajo, proyectos, y actividades de solidaridad vinculadas a América Latina.
DE LOS GRUPOS DE TRABAJO
- Constituyen la unidad de base en torno a los cuales se organizan los miembros del Centro interesados en la realización de actividades concretas de estudio, trabajo, investigación y solidaridad.
- Ordenan su actividad en proyectos específicos a realizarse en Suecia o América Latina, que deberán guardar relación con los principios y objetivos del Centro y ser aprobados por el Consejo Directivo para tener vigencia orgánica.
- Organizan y reglamentan internamente su funcionamiento, gestionan recursos humanos y materiales en acuerdo con el Consejo y designan el Coordinador del Grupo, responsable de mantener informado al Consejo Directivo a través de la secretaría correspondiente.
11.COORDINACION CENTRAL
Es un órgano de carácter consultivo constituido por los miembros del Consejo Directivo, un representante por cada Grupo de Trabajo y uno por el personal. Se reunirá en forma extraordinaria en los meses de junio y diciembre y en carácter extraordinario, cuando lo determine el Consejo Directivo.
La sesión de junio tendrá por objeto:
1. Evaluar el desarrollo del Centro y sus diversos proyectos durante el ejercicio transcurrido.
2. Aportar elementos de juicio para el Plan de Trabajo y Presupuesto Anual del nuevo ejercicio.
La sesión de diciembre evaluará el primer semestre del ejercicio y aportará elementos para los ajustes necesarios al Plan de Trabajo y el Presupuesto.
En ambas sesiones el Consejo propondrá un orden del día a consideración de los participantes.
12.CONSEJO ELECTORAL
Está integrado por dos miembros que tienen las siguientes funciones:
1.Controlar el proceso eleccionario en la Asamblea.
2.Presentar una moción con una lista de candidatos a los diversos cargos en que sus titulares hayan terminado su mandato o se encuentren vacantes.
3.Convocar a Asamblea General cuando el Consejo Directivo omitiere hacerlo en las condiciones establecidas en el estatuto.
13.DE LOS AUDITORES
1.Está integrado por dos miembros que tienen como función:
1.Examinar libros y documentos del Centro por lo menos cada tres meses.
2.Asistir a las reuniones del Consejo Directivo cuando lo estimen conveniente.
3.Dictaminar sobre el Balance General, Cuenta de Ingresos y Egresos o Inventario presentado por el Consejo Directivo.
14.DE LOS SUPLENTES
1.Se integran al Consejo Directivo en caso de renuncia o licencia de algún titular. Internamente se redistribuirán las funciones.
15.COOPTACION
1.Cuando fuere necesario, frente a un cargo electivo vacante para el que no hubiere suplente, el Consejo Directivo, mediante la cooptación, podrá designar al responsable de cubrir dicha función.
16.DE LA SECRETARIA EJECUTIVA
1.Las personas contratadas para la atención de las actividades generales o proyectos específicos del Centro, ordenarán su trabajo en la Secretaría Ejecutiva, que dependerá de la Secretaría General.
Su titular, con el nombre de Secretario Ejecutivo, será designado por el Consejo Directivo. Tiene la obligación de participar en las reuniones del Consejo siempre que éste lo requiera. Tiene derecho a voz, a presentar mociones pero no a voto.
17.PERIODO ANUAL
1.El ejercicio anual comprende el período que va del 31 de julio al 30 de junio del siguiente año.
18.CLAUSULAS TRANSITORIAS
1.Dada la duración del mandato de los miembros del Consejo por dos años y a efectos de que la renovación de los mismos en cada período sea parcial, se determinará en sorteo en esta única vez, dos secretarios que durarán sólo un año en sus funciones. Queda excluido de dicho sorteo el miembro que haya sido electo como Secretario General.
Uppsala, 30 de septiembre de 1991
Nota: Por mandato de la Asamblea, el Consejo Directivo dio redacción definitiva a las reformas introducidas en la Asamblea del 30 de septiembre de 1991, en su sesión del día 9 de junio de 1992.